Menaje doméstico

Los ciudadanos bolivianos residentes en el Exterior, con planes de retornar definitivamente al país, pueden ampararse en el Decreto Supremo 1639 de 10 de Julio de 2013 misma que aprueba al Procedimiento de Importación a Consumo Bajo el Destino Aduanero Especial de Menaje Doméstico.

Las normativas mencionadas le permiten introducir los efectos personales de uso normal de una unidad familiar sin estar sujetos al pago de tributos aduaneros de importación.

A tomar en cuenta lo siguiente:

  1. En el caso de ciudadanos bolivianos, con valor máximo de hasta U$.50.000.- (Cincuenta mil 00/100 Dólares Americanos).
  2. Para ciudadanos extranjeros (dispuestos a radicar definitivamente en Bolivia), con un valor máximo de hasta U$.30.000.- (Treinta mil 00/100 Dólares Americanos).
  3. Los vehículos no están amparados por esta normativa, debiendo pagar tributos aduaneros, no se admite vehículos de modelos anteriores a 3 años de antigüedad a la presente Gestión (más información Aduana de Bolivia).
  4. Las personas que han estado por un tiempo mayor de 30 días en los últimos años, dejan de ser beneficiarios de la normativa precedente.
  5. Debe llenar un formulario de Declaración Jurada de Ingreso de Menaje Doméstico y presentarlo ante oficiales de Aduana Nacional.

Cabe señalar que la Oficina Consular emite la legalización del Certificado de Menaje Doméstico, no así validación de su formulario de Declaración Jurada de Menaje Doméstico.

La Oficina Consular de la Embajada de Bolivia no emite ninguna clase de Certificación de Permanencia, tampoco de las pertenencias que las personas están transportando. Si el interesado requiere, puede presentar su certificado laboral para su legalización (Véase Legalizaciones).

Infórmese a detalle revisando la página Aduana Nacional de Bolivia www.aduana.gob.bo